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Visualizando archivo de July 2008
Categoría: General
Publicado por: jorge
En este caso, pagará la plusvalía, que es el impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos. Esto se paga en el Ayuntamiento, y es bueno conocer su importe antes de poner el precio de venta, pues puede ser elevada. Cuando haga la declaración de renta, tendrá que declarar la diferencia entre el valor por el que lo compró y el de venta, en el apartado de ganancias patrimoniales del irpf. En la compraventa, puede pactarse quien paga el impuesto de transmisiones, que según ley lo paga el comprador.
Categoría: General
Publicado por: jorge
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Es aquel que grava, entre otras cosas, la compraventa de vivienda de segunda mano o sucesivas. El tipo actual es del 6% (*) establecido en la norma general del Estado, para el caso de que alguna Comunidad Autónoma no establezca un tipo general específico (LEY ITP ART. 11 REDACCIÓN LEY 21/25,001 ART. 60.UNO)

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